La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos dominicanos servicios relacionados con el OFICIAL DEL ESTADO CIVIL a fin de que puedan realizar cualquier actividad o función para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles.
La Ceremonia de Matrimonio es el acto oficial y Civil mediante el cual se efectúa el Matrimonio entre un hombre y una mujer de nacionalidad dominicana. Este acto se celebra en la misma sede de la oficina consular.
Todo ciudadano dominicano tiene derecho a solicitar en las oficinas consulares de la República Dominicana autorización y asistencia para la celebración de una Ceremonia de Matrimonio.
Para la publicación del Edicto o Proclama de Matrimonio:
a) Pasaporte o Cédula de Identidad y Electoral Dominicana.
b) Actas de nacimiento de los contrayentes.
c) Declaración jurada de soltería de ambos contrayentes.
d) Si alguno es divorciado debe presentar la sentencia de divorcio.
2. Para la celebración de la Ceremonia de Matrimonio
a) Haber vencido el plazo legal de publicación del Edicto o Proclama de Matrimonio.
b) Cuatro testigos (un (1) Padrino, una (1) Madrina y dos (2) testigos).
Publicación del Edicto o Proclama de Matrimonio
Entre 10 minutos y 2 horas dependiendo de la urgencia, de las solicitudes previas y de la disponibilidad del consulado.
2. Celebración de la Ceremonia de Matrimonio
Pasado los 16 días y no habiéndose presentado ninguna persona quien objete la unión en matrimonio, la celebración del matrimonio se realizará entre 3 a 5 días dependiendo de la urgencia, de las solicitudes previas y de la disponibilidad del consulado.