Certificado de Concordancia

Descripción

La República Dominicana a través de sus delegaciones en el extranjero ofrece a todos los ciudadanos dominicanos y extranjeros que hayan vivido en la República Dominicana, el CERTIFICADO DE NO ANTECEDENTES PENALES, mediante el convenio de colaboración firmado entre la Procuraduría General de la República Dominicana y el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana en fecha 16 de Julio del 2010.

El Certificado de No Antecedentes Penales es la constancia que emiten las Oficinas Consulares autorizadas, donde se especifica que en el Sistema de Investigación Criminal (SIC) de la Procuraduría General de la República Dominicana, no existe registrada información de casos penales en contra de un ciudadano dominicano o de un ciudadano extranjero que haya residido en la República Dominicana.

Todos los ciudadanos dominicanos y ciudadanos extranjeros (que hayan vivido en la República Dominicana), tienen derecho a solicitar CERTIFICADO DE NO ANTECEDENTES PENALES en las oficinas consulares de la República Dominicana autorizadas para tales fines.


Requisitos

  1. Acta de Nacimiento dominicana reciente (obligatoria).
  2. Cédula dominicana (si la tiene).
  3. Pasaporte dominicano en vigor (si lo tiene).
  4. Documento de Identidad del SOLICITANTE del país donde se encuentra (si tiene)

Tiempo de obtención

Entre 20 minutos y dos horas dependiendo de la urgencia, de la cantidad de solicitudes previas y de la disponibilidad de personal.

Precio

El importe es: 15,00

Observaciones

  1. Si la certificación es respecto a un documento de un menor, debe gestionarlo uno de sus padres o representante legal.
  2. El importe a pagar es en dólares estadounidenses (USD), en la zona EURO se cobra en EUROS o en la moneda del país donde se encuentra la oficina consular.
  3. El importe a pagar puede variar dependiendo del costo de vida de la ciudad donde se encuentra la Oficina Consular.
  4. En esta sección sólo se mencionan las Certificaciones más frecuentes. Cualquier otro tipo de Certificación será realizada atendiendo a la naturaleza de la misma.
  5. Para cualquier servicio, las oficinas consulares están autorizadas a incluir requisitos adicionales a los indicados en este documento.
  6. Las oficinas consulares tienen derecho a negarse a otorgar certificaciones a un ciudadano si el personal consular duda de la utilidad de la Certificación; si piensa que dicha certificación puede lesionar los intereses futuros del Solicitante; o si pone en duda la FE pública de la Oficina Consular.
  7. Algunos servicios sólo tienen validez en países específicos. Consultar en la Oficina Consular ámbito de aplicación para cada servicio.

Formulario

Documentos relacionados

Enlaces desde ConsuladoRD.com